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Curso para socios de AIEVAC: implicaciones prácticas de la Ley General de Aguas y la reforma a la Ley de Aguas Nacionales

El día 20 de enero de 2026, nuestro titular, el Mtro. Emmanuel de Jesús Rodríguez García, impartió un curso dirigido a las y los socios de AIEVAC, con una participación de 87 asistentes, enfocado en dos piezas normativas que reordenan, en la práctica, la manera en que la autoridad y los usuarios deben entender la gestión del recurso hídrico en México: (i) un breve análisis de la Ley General de Aguas y (ii) el análisis de la reforma a la Ley de Aguas Nacionales (LAN).



La finalidad de la sesión fue clara: traducir el cambio normativo a decisiones operativas concretas para la empresa, identificando riesgos inmediatos, obligaciones que tienden a intensificarse y oportunidades de prevención jurídica mediante cumplimiento técnico y documental.

 

1) Ley General de Aguas: el eje rector y su impacto en la empresa

La Ley General de Aguas se presenta como una ley reglamentaria vinculada al derecho humano al agua, con alcance de orden público e interés social, y con un diseño que busca articular competencias concurrentes entre Federación, entidades federativas y municipios. En términos prácticos, esto significa que la empresa debe anticipar un entorno regulatorio más coordinado y, al mismo tiempo, más exigente en la justificación del acceso, uso y descarga, especialmente cuando exista tensión entre usos productivos y el consumo humano.


En el curso destacamos tres ideas centrales:


  1. Objeto y enfoque de derechos. La Ley define bases para garantizar el acceso equitativo y el uso sustentable del agua, incorporando participación social, cultura del agua y obligaciones estatales de prevención, investigación, sanción y reparación ante violaciones al derecho humano al agua.

  2. Distribución de competencias. Se refuerza la lógica de coordinación intergubernamental: Federación en política nacional y administración de aguas nacionales; estados en política hídrica local y regulación; municipios en prestación de servicios y priorización presupuestal. Esto anticipa mayor fiscalización cruzada y, en algunos casos, criterios diferenciados por región.

  3. Vigencia y armonización. La Ley entra en vigor tras su publicación en diciembre de 2025 y se fija un plazo para armonización normativa local, lo que usualmente implica cambios graduales que conviene monitorear para anticipar ajustes operativos y presupuestales.

 

2) Reforma a la Ley de Aguas Nacionales: un cambio estructural en permisos, títulos, descargas y sanciones


La reforma a la LAN debe leerse bajo el principio operativo que atraviesa el nuevo sistema: toda autorización, concesión, asignación, permiso o prórroga debe priorizar el consumo humano y doméstico. Este criterio, que ya estaba presente, adquiere una fuerza práctica superior al operar bajo los principios de la Ley General de Aguas.


A) Riesgo de ajuste, reducción o cancelación de volúmenes

Se subrayó la relevancia de la facultad de la autoridad para disminuir o cancelar volúmenes cuando exista riesgo para la disponibilidad destinada al consumo humano, con soporte en una valoración técnica. Para la empresa, esto obliga a migrar de una lógica meramente documental a una lógica de gestión preventiva del riesgo hídrico, con evidencia y trazabilidad.


B) Prórrogas y “responsabilidad hídrica” como criterio transversal

Para prórrogas de concesiones, se incorporan criterios como la responsabilidad hídrica y el cumplimiento de obligaciones fiscales en derechos de agua, además de ajustes en la temporalidad para solicitar prórroga. En términos empresariales, la prórroga deja de ser un trámite de forma y se convierte en una evaluación de comportamiento, historial y consistencia documental.


C) Fin del esquema de transmisión y nacimiento del sistema de reasignación

Uno de los cambios con mayor impacto corporativo es la derogación del capítulo de transmisión de títulos y la transición a un sistema de reasignación de volúmenes, con procedimientos específicos, incluido un procedimiento expedito en supuestos acotados y plazos definidos, así como la creación de un Fondo de Reserva que centraliza volúmenes disponibles. Esto afecta reestructuras, compraventas, fusiones, escisiones y reorganizaciones patrimoniales vinculadas a activos hídricos.


D) Descargas: mayor exigencia técnica y actualización obligatoria de CPDs

En materia de descargas, se destacó el reforzamiento de la lógica de Condiciones Particulares de Descarga (CPDs), determinadas por NOM aplicable y condiciones específicas del cuerpo receptor, con un cambio relevante: la actualización obligatoria de CPDs en cada renovación del permiso. Asimismo, se incorporan obligaciones asociadas al reúso y un informe anual con indicadores de calidad, volúmenes descargados y parámetros relevantes.


E) Inspección, tecnologías y régimen sancionador más severo

Se explicó el nuevo bloque sobre verificación e inspección, donde se reconoce el uso de instrumentos técnicos y tecnológicos, con el consecuente riesgo de asimetría probatoria si la empresa no cuenta con registros robustos. En paralelo, se sistematiza el régimen de infracciones y sanciones con montos elevados en UMA, lo que incrementa significativamente el costo de incumplimiento y vuelve indispensable una estrategia de prevención y defensa temprana.

 

3) Qué implica para su empresa: del “cumplir en papel” a la trazabilidad integral

La conclusión práctica del curso fue directa: el nuevo entorno hídrico exige trazabilidad, entendida como la capacidad de demostrar, con evidencia verificable, que el uso y la descarga se mantienen dentro de parámetros autorizados, con controles internos, medición, bitácoras, reportes y consistencia entre operación real y permisos.

En particular, sugerimos a las empresas trabajar en cinco frentes inmediatos, que la propia reforma perfila como críticos: riesgo hídrico, responsabilidad hídrica, gestión de descargas, evidencia documental y preparación para inspección.

 

4) Servicios que ofrecemos: acompañamiento legal y técnico orientado a resultados

Desde el Colegio de Abogados Ambientalistas, ofrecemos un enfoque de consultoría y defensa que integra lectura normativa, estrategia documental y capacidad litigiosa. Entre los servicios vinculados con lo tratado en la plática, se incluyen:


Diagnóstico y estrategia de cumplimiento

  • Diagnóstico integral de situación hídrica, inventario de títulos, permisos, obligaciones y brechas de cumplimiento.

  • Matriz de riesgos por instalación, proceso y unidad de negocio, con priorización de acciones correctivas.

  • Implementación de controles documentales y trazabilidad para inspecciones.


Concesiones, asignaciones y prórrogas

  • Preparación y acompañamiento en solicitudes de prórroga, integrando evidencia de cumplimiento y consistencia técnica.

  • Asesoría estratégica ante escenarios de reducción, ajuste o cancelación de volúmenes, incluyendo prevención y defensa.

  • Acompañamiento corporativo para reorganizaciones que impacten derechos de agua bajo el nuevo esquema de reasignación.


Descargas, permisos y gestión de PTAR

  • Revisión y gestión de permisos de descarga, integración y actualización de CPDs, y preparación de expedientes de renovación.

  • Diseño jurídico de cumplimiento para reúso y obligaciones de informe anual, con respaldo de evidencia técnica.

  • Auditoría preventiva de cumplimiento documental y operativo de descargas, orientada a disminuir contingencias sancionatorias.


Inspecciones, procedimientos y defensa legal

  • Preparación para visitas de verificación e inspección, protocolos de atención, preservación de evidencia y narrativa técnica.

  • Atención de procedimientos administrativos, medidas de seguridad, medidas de apremio y defensa contra sanciones.

  • Litigio estratégico, incluyendo recursos administrativos y juicio de amparo cuando corresponda.

 

5) Siguiente paso: revisión específica por empresa

Cada empresa tiene particularidades que la norma no resuelve en abstracto: tipo de fuente, régimen del título, ubicación, cuerpo receptor, infraestructura de tratamiento, historial de cumplimiento, operación real, relación con organismos operadores, entre otros factores. Por ello, ponemos a disposición de los socios de AIEVAC interesados una sesión de diagnóstico inicial para identificar prioridades y definir una ruta de implementación legal y técnica.


Si desea agendar una revisión, incluso si su empresa no pertenece a AIEVAC, con gusto le atenderemos a través de los canales de contacto del despacho.


Nota: Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoría legal personalizada.

 
 
 

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