Procuraduría de Medio Ambiente del Estado de Veracruz

Visitas de inspección de la PMA de Veracruz

La Procuraduría de Medio Ambiente del Estado de Veracruz (PMA) inspecciona fraccionamientos, comercios, industrias, bancos de materiales y obras de competencia estatal. Lo que ocurre durante la visita y en los días siguientes define buena parte del resultado del procedimiento.

Durante la visita

  1. Pida al inspector su identificación oficial y la orden de inspección, y revise que la orden señale el lugar, el objeto de la visita y la autoridad que la emite.
  2. Acompañe al inspector durante todo el recorrido y no firme nada sin haberlo leído completo.
  3. Designe a dos testigos de su confianza; si no lo hace, los designará el inspector.
  4. Haga sus observaciones en el acta y ofrezca ahí mismo los documentos que tenga a la mano.
  5. Pida copia del acta y de cualquier documento que le entreguen, y fotografíe los sellos si le imponen una clausura.
  6. Llámenos desde la visita: podemos orientarle a distancia mientras ocurre.

Después de la visita

Los plazos para formular observaciones y ofrecer pruebas son breves y se cuentan desde que concluye la visita de inspección. Una clausura o una medida de seguridad puede levantarse si se acredita a tiempo lo que la autoridad pide y, si la resolución final le es desfavorable, puede impugnarla mediante los recursos administrativos o con un juicio ante el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa de Veracruz.

Cómo lo acompañamos

  • Lo acompañamos durante la visita, en persona o a distancia.
  • Revisamos la orden de inspección y el acta: competencia, objeto, fundamentación y circunstanciación de los hechos.
  • Formulamos observaciones y ofrecemos pruebas dentro del plazo.
  • Atendemos las medidas de seguridad y clausuras, y gestionamos su levantamiento.
  • Damos seguimiento al procedimiento hasta la resolución.
Defensa en el procedimiento y en tribunales

Si la inspección se grabó con cámara corporal

La Procuraduría anunció que sus inspectores ya graban las diligencias con cámaras corporales. Es un avance, porque una visita grabada deja menos espacio a la discusión sobre lo que ocurrió en ella, pero todavía no hay reglas publicadas que digan cuándo se enciende la cámara, quién guarda el video, cuánto tiempo se conserva ni cómo puede pedirlo la empresa visitada.

Mientras esas reglas no existan, pida que en el acta conste que la diligencia se grabó y quién portaba la cámara, y deje asentado si se mostraron procesos o información confidencial. Si después el acta no refleja lo que pasó, puede solicitar por escrito que la grabación se conserve y se agregue al expediente.

¿Quiere saber más?

Esta página es orientativa y no sustituye la asesoría en el caso concreto.